La guerra del reglamento

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La carrera electoral por la presidencia de la Federación se decide también antes de llegar a las urnas. Por ejemplo, en el reglamento electoral, que ha sido rechazado ya en una ocasión por el Consejo Superior de Deportes y que, probablemente, volverá a ser rechazado por incumplir varios aspectos de la orden ministerial que regula el proceso electoral en las Federaciones deportivas. Son varios los argumentos que esgrimen en el máximo órgano político del deporte para no aceptar el reglamento presentado por la Federación el pasado miércoles después de ser aprobado por su junta directiva un día antes. Por ejemplo, la ausencia de referencias al TAD en el reglamento presentado por la Federación, una simple formalidad porque tiene que ser el Tribunal Administrativo del Deporte el órgano que lo supervise en último momento.

Otros detalles son las dificultades para presentar una moción de censura, para la que la orden ministerial exige que sea convocada la asamblea en un plazo no superior a 48 horas y que la votación se celebre entre quince y treinta días después. La moción debe ser aprobada por mayoría absoluta. Todos esos aspectos se contemplan en el reglamento presentado por la Federación, aunque es algo más restrictivo en los plazos. La Federación argumenta que el reglamento está sometido a las ordenanzas de la FIFA, el organismo internacional al que está adscrita, y que al tratarse de una entidad privada es su potestad regular el voto de censura dentro de la legalidad.

La indefinición en la distribución geográfica de los miembros de la asamblea es otro de los puntos, según publicó ayer el diario «El Mundo», a revisar por el TAD. La orden ministerial establece claramente que deben conocerse el número de representantes de cada circunscripción electoral, aunque ése es un detalle que sólo afecta a los clubes de competiciones no profesionales. «La circunscripción electoral para técnicos, jueces y árbitros será la estatal», establece la orden ministerial aprobada en diciembre. Lo mismo sucede con los deportistas «excepto cuando el número de representantes que deban elegirse sea superior en más de un 50 por 100 al de circunscripciones electorales». En ese caso, es potestad de la Federación aplicar el mismo criterio que para los clubes, que se dividen entre los profesionales, pertenecientes a una única circunscripción estatal, y los no profesionales. En el fondo subyace la indignación del Consejo y de la Liga por la disminución del número de miembros de la Asamblea, que ha pasado de 180 a 140, lo que reduce la representación de los clubes profesionales a un 14 por ciento, un porcentaje que consideran «ridículo» y que otorga más peso a los miembros natos de la Asamblea: el presidente y los presidentes de las 19 territoriales que apoyan a Villar de manera mayoritaria.

A pesar de la indignación de los clubes profesionales, el porcentaje de representación previsto en el reglamento respeta los criterios de la orden ministerial. Se reduce el número de miembros de la Asamblea, que estaba en el máximo (160 más los 20 miembros natos), pero queda lejos del mínimo, que se fija en el doble del número de miembros natos, una situación que podría reducir la representación del fútbol profesional a la mínima expresión y que sería mucho más favorable a los intereses de perpetuarse en el cargo del actual presidente.

Source: Deportes

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